Mercedes Palomino
responsable de cuentas personales

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mercedes@santosquintana.com

¿Qué es un seguro
de vida?

Un seguro de vida, es un salvoconducto que, en caso de fallecimiento del asegurado, sus seres queridos quedan totalmente respaldados económicamente; y, que, en caso de sufrir, el asegurado, una incapacidad permanente, a éste le quedan totalmente cubiertas todas sus necesidades referentes a la nueva situación.

¿Qué cubre un seguro de vida?

Fallecimiento por cualquier causa e invalidez permanente absoluta por cualquier causa,
pudiendo elegir el asegurado otras coberturas adicionales.

¿A quién va dirigido un seguro de vida?

 A todas las personas que quieran dejar protegidos a sus seres queridos.

¿Quién puede contratar un seguro de vida?

Personas mayores de 18 años y menores de 65 años.

¿Puedo hacer alguna modificación?

Sí, siempre al vencimiento del contrato. Exceptuando la designación de beneficiarios,
que pueden ser modificados en cualquier momento.

¿Puedo anular la póliza de vida con el banco?

Es totalmente legal cancelar un seguro de vida con la entidad bancaria, siempre que se avise
con 30 días de antelación al vencimiento del contrato de la póliza de vida.

¿Cuál es el capital asegurado que debo asegurar?

El capital asegurado depende de varios factores. Hay que tener en cuenta la estructura familiar y las necesidades que buscamos cubrir. Es fundamental, para el cálculo, tener en cuenta el número de hijos, el salario, la edad; y, siempre, en el caso de querer cubrir un préstamo hipotecario, debemos valorar qué cantidad es la adecuada para estar cubiertos y así buscar tranquilidad para el futuro.

¿Estoy obligado a contratar una póliza de vida con el banco junto con la hipoteca?

La Ley 5/2019 hipotecaria no obliga a la contratación de seguro de vida pero si que existen las entidades bancarias que bonifican por la contratación de un seguro de vida.
Estos seguros de vida según la Ley 5/2019 los puedes contratar con cualquier entidad aseguradora con independencia a los productos que comercializan el grupo de entidades relacionadas con la entidad bancaria.

¿Qué es la invalidez permanente total? ¿Y la absoluta?

Una invalidez permanente absoluta se produce cuando una persona sufre una discapacidad que le impide realizar cualquier tipo de trabajo remunerado y las actividades básica de la vida diaria.

Una invalidez permanente total se produce cuando una persona sufre una discapacidad que le impide realizar su actividad.